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  • Raúl Aguilar y Asociados

¿Qué es un Estudio de Impacto Ambiental? y la obligatoriedad de realizarlo.

El estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es el documento técnico que permite identificar y predecir los efectos sobre el ambiente que ejercerá un proyecto, obra, industria o cualquier actividad y determina, las medidas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos.


Es un proceso de toma de decisiones y constituye el instrumento de planificación que proporciona un análisis temático preventivo e interdisciplinario de los efectos potenciales de una acción propuesta y sus alternativas prácticas en los atributos físicos, biológicos, culturales y socioeconómicos de un área geográfica determinada.


Es un proceso cuya cobertura, profundidad y tipo de análisis depende del proyecto propuesto. Evalúa los potenciales riesgos e impactos ambientales en su área de influencia e identifica vías para mejorar su diseño e implementación para prevenir, minimizar, mitigar o compensar impactos ambientales adversos y potenciar sus impactos positivos.


Partiendo de esta definición internacional y científica, debemos en base a la legislación Guatemalteca, entender que el Estudio de Impacto Ambiental, es apenas uno de los instrumentos de gestión ambiental descritos en la ley y se realizan para lograr los objetivos antes descritos.

El EIA Constituye el requisito legal indispensable para el funcionamiento de cualquier actividad según el Acuerdo Gubernativo 137-2016. Es un documento técnico-jurídico que se presenta ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN). Su aprobación tiene como resultado la obtención de la Licencia Ambiental, de operación o construcción.

Por su naturaleza y modo de aplicación, estos instrumentos de gestión ambiental se dividen en dos grupos.

  1. Los denominados instrumentos ambientales (predictivos, correctivos y complementarios), catalogados como estudios.

  2. Los denominados de control y seguimiento ambiental, catalogados como Diagnósticos


Instrumentos ambientales (predictivos, correctivos y complementarios)


Estos instrumentos generan los correspondientes compromisos ambientales que deben adoptar los proponentes y que servirán de base para el control y seguimiento de los proyectos, obras, industrias o actividades que están en planificación.


Son considerados instrumentos ambientales predictivos, los siguientes:


  1. Evaluación ambiental inicial.

  2. Estudio de evaluación de impacto ambiental.

  3. Evaluación ambiental estratégica.

  4. Formulario de actividades para registro en los listados.


Los instrumentos ambientales correctivos: regularizan el proyecto, obra, industria o actividad que ya está en operación y funcionamiento, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones a que se refiere el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente y servirán de base para determinar las medidas de mitigación de impactos que deben ser construidas e implementadas en un periodo establecido.


Son considerados como Instrumentos Ambientales Correctivos, los siguientes:


  1. Diagnóstico ambiental.

  2. Diagnóstico ambiental de bajo impacto.

  3. Formulario de actividades correctivas para registro.


Todos los instrumentos ambientales deberán ser presentados ante la DIGARN o en las delegaciones departamentales del MARN, según su categoría y/o jurisdicción departamental en la que se ubique o se pretenda desarrollar el proyecto, obra, industria o actividad, de conformidad con lo que establezca la DIGARN, debiendo acompañar la información relativa al mismo y toda la documentación pertinente que establezca la dicha institución.


La información contenida en el Instrumento Ambiental es responsabilidad del proponente y consultor del proyecto, obra, industria o actividad, el MARN no prejuzga de la validez y autenticidad de su contenido, debido a que únicamente realiza un análisis del instrumento para determinar la viabilidad ambiental.


Aquí la importancia de contratar un consultor que además de estar registrado en el MARN, tenga el suficiente conocimiento de la actividad que será estudiada o diagnosticada. Este consultor es el responsable de dictar las medidas de mitigación y el Plan de Gestión Ambiental, que sea específico y sostenible para la empresa o actividad que permita la continuidad de la empresa con la mínima inversión posible y el mayor rendimiento.

Debido a que existe una gran cantidad de metodologías de valoración de la importancia de los impactos ambientales, en muchos casos se hace difícil que diferentes EIA o DIAGNOSTICOS de proyectos de la misma clase usen una metodología similar, por eso es importante contactar a un consultor ambiental con amplia experiencia, idealmente que cuente con el respaldado de una Maestría de Ambiente o Título de Ingeniería Ambiental, pues su criterio para la selección de categoría de estudio es más acertado, lo cual evitara que realices gastos adicionales por una mala selección.


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