El MARN Endurece criterios para el cumplimiento del Reglamento 148-2024 para Combatir la Contaminación de Aguas.

La nueva administración del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) ha anunciado la eliminación del principio de intencionalidad en el reglamento 148-2024, afectando los instrumentos ambientales. Esta medida responde al incumplimiento de los proponentes en las medidas de mitigación establecidas en las resoluciones ambientales aprobadas, especialmente en la construcción y mantenimiento de sistemas de tratamiento de aguas, lo que ha provocado la contaminación de los recursos acuíferos.
A partir de ahora, los instrumentos ambientales no aprobados antes del 26 de septiembre de 2024 y que generen aguas especiales deberán incluir un ensayo de aguas residuales y el diseño de la planta de tratamiento, firmado por un profesional sanitario. Además, los instrumentos aprobados antes de esa fecha serán auditados para asegurar el cumplimiento de las resoluciones ambientales. El incumplimiento detectado en estas auditorías podría resultar en la anulación de la aprobación, multas y/o el cierre de la actividad.
Para facilitar estos procedimientos, se ha creado la plataforma SAGA, que permite la presentación de todos los instrumentos ambientales y agrega nuevos requisitos y planos necesarios.
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